Verifactu · RD 1007/2023
Registro de facturación encadenado e inmutable, conforme al RD 1007/2023.
Huella SHA-256 encadenada al registro anterior, sello de tiempo al segundo con huso horario explícito e importes en decimal exacto. Un registro emitido es inmutable para la API, la administración y la base de datos con el rol de la aplicación; la corrección se hace con un registro de anulación o con una factura rectificativa.
Las obligaciones del reglamento.
Cada obligación del RD 1007/2023 tiene su requisito funcional numerado en la especificación.
- REQ-1.1Registro de facturación de altaHuella SHA-256 encadenada con la del registro anterior del mismo obligado tributario.
- REQ-1.2Registro de anulaciónLas facturas anuladas generan su propio registro encadenado de tipo anulación.
- REQ-1.3Sello de tiempo al segundoFuente de tiempo fiable, huso horario explícito e importes en decimal exacto de dos posiciones.
- REQ-1.4Eventos de sistemaApagados, exportaciones, incidencias e intentos de borrado, en registro de sólo-anexado.
- REQ-1.5Dos modos de operaciónVerifactu con envío en tiempo real a la AEAT, o no-Verifactu con firma electrónica y conservación.
- REQ-1.6Código QR y leyendaQR en toda factura. La leyenda acompaña al modo Verifactu; en el otro modo la factura lleva QR sin leyenda.
- REQ-1.7Declaración responsableUna por versión publicada, consultable desde la aplicación; la publicación de una versión sin declaración falla.
- REQ-12.3Metadato fiscal por procedimientoEl régimen es atributo del procedimiento y se congela en la línea al emitir.
- REQ-1.12Factura electrónica B2BCompleta y activable por configuración, con la fecha de activación como campo del obligado tributario.
Modos de operación
El modo de operación se elige por configuración para cada obligado tributario.
Modo Verifactu
Los registros se remiten a la AEAT por servicio web en el momento de la emisión, validados contra el XSD oficial antes de salir.
- Envío en tiempo real y acuse conservado
- Validación contra el XSD antes de remitir
- Cola con reintento que preserva el orden de la cadena
- QR con la leyenda oficial
- Permanencia en el modo hasta el fin del año natural del primer envío
Modo no-Verifactu
El registro se firma electrónicamente con el certificado del obligado tributario y se conserva sin remitirlo a la AEAT.
- Firma electrónica del registro
- Conservación con el mismo plazo configurable
- QR sin leyenda, tal como fija la norma para este modo
- Mismo encadenamiento e inmutabilidad
- Cambio de modo hacia adelante, registrado como evento de sistema
Decisión D02
El IVA se decide línea a línea.
El régimen fiscal es un atributo de cada procedimiento del catálogo, con el fundamento de la exención (art. 20.Uno.3.º o 20.Uno.5.º) o el tipo aplicable. Ese régimen se congela en la línea al emitir.
Los procedimientos de finalidad mixta exigen justificación clínica en la línea y la emisión queda bloqueada mientras falte.
Una prótesis dental facturada desde el catálogo de producto sale exenta por el art. 20.Uno.5.º y un cepillo del mismo catálogo tributa al 21 %.
| Concepto | Pieza | Ud. | Base | Régimen fiscal | Cuota |
|---|---|---|---|---|---|
| Endodoncia unirradicular | 36 | 1 | 180,00 € | Exenta · art. 20.Uno.3.º | 0,00 € |
| Blanqueamiento en clínica | — | 1 | 320,00 € | Sujeta · 21 % | 67,20 € |
| Prótesis fija metal-cerámica | 36 | 1 | 540,00 € | Exenta · art. 20.Uno.5.º | 0,00 € |
| Cepillo interdental (producto) | — | 2 | 4,50 € | Sujeta · 21 % | 1,89 € |
El régimen sancionador del artículo 201 bis.
- 150.000 €
- fijos por ejercicio y por cada tipo de sistema, para quien produzca o comercialice sistemas no conformes.
- 1.000 €
- por cada sistema comercializado sin la certificación exigida por el reglamento.
- 50.000 €
- por ejercicio para la clínica usuaria de un sistema de facturación no conforme.